Protección a las personas defensoras de derechos humanos

El Protocolo de Protección a las Personas Defensoras de Derechos Humanos busca mejorar la respuesta del Estado y establecer medidas de articulación para la protección de personas defensoras de derechos humanos.

¿Quiénes son las personas defensoras de derechos humanos?

Las personas defensoras de derechos humanos son todas aquellas que actúan de forma individual o colectiva para promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en el plano nacional e internacional, a través de medios pacíficos.

Se considera persona defensora de derechos humanos, entre otros, a:

  • Defensores ambientales
  • Periodistas y comunicadores
  • Operadores de justicia
  • Abogados y Abogadas
  • Personas integrantes de ONG’S, por ejemplo: organizaciones feministas y organizaciones que defiende los derechos LGBTIQA+
  • Integrantes de sindicatos

El Protocolo se aplicará en los casos en que personas defensoras de derechos humanos estén expuestas a sufrir lesión o amenaza a sus derechos fundamentales, a causa de su actividad de defensa.

La activación del Protocolo de protección a las personas defensoras de derechos humanos la puede solicitar cualquier persona, institución u organismo. En caso de registrarse un hecho constitutivo de delito se derivará al Ministerio Público que evaluará la adopción de medidas de protección para la persona y su familia. En caso de no ser un hecho constitutivo de delito, se informará a la Mesa de Coordinación de la activación del Protocolo para que se adopten las medidas de derivación y seguimiento.

La Subsecretaría de Derechos Humanos pone a tu disposición este portal digital, en donde puedes conocer el Protocolo, así como sobre estándares y medidas de promoción y protección de los derechos humanos de las personas defensoras:

Además, impulsará acciones de formación y capacitación para funcionarios y funcionarias públicas, especialmente de las instituciones que se vinculan a esta temática, y actividades de difusión y sensibilización en la materia.

A través de la Mesa mencionada se elaborará un Informe Anual, el que será presentado a la Comisión Permanente de Coordinación del Sistema de Justicia Penal.

El Acuerdo de Escazú al que se encuentra adherido el Estado de Chile mandata a garantizar un entorno seguro y propicio para que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.

En este marco, la Comisión Permanente de Coordinación del Sistema de Justicia Penal creó una Subcomisión especial para elaborar el “Protocolo de Protección a las personas defensoras de derechos humanos”.

Accede al formulario de activación ciudadana

El Protocolo es un instrumento de coordinación interinstitucional, que busca mejorar la respuesta del Estado y establecer medidas de articulación para la protección de personas defensoras de derechos humanos.

Envía tu formulario a protocolodefensores@minjusticia.cl

Así vivimos el Lanzamiento del curso de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos.
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